CONVENIO ENTRE LA FUNDACION PARA LA INVERSION Y DESARROLLO DE EXPORTACIONES (FIDE) Y “FEDERACION DE CAMARAS DE COMERCIO DE HONDURAS FEDECAMARA”, PARA LA IMPLEMENTACION DEL PROGRAMA DE CAPACITACION “FORMACION DE FORMADORES EN PROMOCION Y FACILITACION DE EXPORTACIONES”
Nosotros, La Fundación para la Inversión y Desarrollo de Exportaciones, en su carácter de Secretaría Técnica del Programa Nacional de Competitividad y por medio de su Presidenta Ejecutiva y Representante legal, Licenciada Vilma Sierra de Fonseca, por una parte; y por la otra, Federación de Cámaras de Comercio de Honduras “FEDECAMARA”, por medio del Licenciada Maribel Espinoza, Directora Ejecutiva acuerdan celebrar el presente Convenio bajo los siguientes términos:
CAPITULO I
Antecedentes del Programa de Capacitación
FIDE / PNC ha firmado un acuerdo de cooperación con la Oficina de Facilitación del Comercio de Canadá (TFOC), para desarrollar conjuntamente el Programa de Capacitación “Formación de Formadores en temas de Promoción y Facilitación de las exportaciones”, con el propósito de fortalecer al sector exportador, logrando así facilitar el proceso de inserción de las empresas hondureñas en los mercados internacionales. En ese sentido TFOC ha concedido una licencia de Propiedad Intelectual para el uso del material de capacitación preparado a este efecto.
CAPITULO II
Participantes
Cláusula 2.01:De la Fundación para la Inversión y Desarrollo de Exportaciones
La Fundación para la Inversión y Desarrollo de las Exportaciones (FIDE), se creó en agosto de 1988 como un ente privado de utilidad pública, sin fines de lucro, de duración indefinida, con personalidad jurídica y patrimonio propio, con el objeto de contribuir al desarrollo económico y social de Honduras, mediante la capacitación, el adiestramiento y prestación de servicios dirigidos a personas o instituciones relacionadas con el fomento, la promoción y la gestión empresarial y de negocios. Como institución al servicio del desarrollo empresarial, FIDE ha venido jugando un papel de líder en los procesos de mejora a la competitividad nacional, convirtiéndose por ello en el actor más sólido para apoyar técnica y operativamente a la CNC durante la etapa de implementación del Programa Nacional de Competitividad, con recursos del BID y BM. FIDE cuenta con experiencia en la ejecución de programas financiados con recursos de instituciones financieras multilaterales y regionales; mediante Acuerdo Ejecutivo número 057-A-2002 con fecha 31 de mayo de 2002 se nombra a FIDE como Secretaria Técnica de la Comisión Nacional de Competitividad, teniendo a cargo la ejecución del Programa Nacional de Competitividad en función de los objetivos y metas establecidas y de los recursos disponibles para tal propósito.
Cláusula 2.02: FEDECAMARA El 28 de abril de 1988, conforme Decreto No. 57, la FEDECAMARA sustituye a la Cámara de Comercio e Industrias Central de Honduras, cuyos antecedentes datan de 1937, estableciéndose que estaría integrada por todas las Cámaras de Comercio e Industrias de Honduras. En el año 2000, mediante Decreto No. 22-2000, se reforma la Ley anterior, estableciéndose que la FEDECAMARA estará integrada por todas las Cámaras de Comercio e Industrias de Honduras, así como por todas aquellas otras Cámaras Empresariales que fomenten las relaciones económicas, culturales y turísticas.
La FEDECAMARA es el organismo representante de todas las Cámaras en los asuntos de carácter general, con competencia en todo el territorio nacional, y tiene además a su cargo, las relaciones internacionales en representación de las Cámaras miembros.
Desde una perspectiva sistémica, la FEDECAMARA se concibe como un sistema articulado de Cámaras que opera en 15 de los 18 departamentos del país, aglutinando a un número de 7,000 empresas aproximadamente, de diferentes rubros y tamaños (micro, pequeñas, medianas y grandes empresas).
Como institución sin fines de lucro, ejercemos un voluntariado cívico, comprometido con los intereses de la comunidad empresarial y sin descuidar la responsabilidad social que a ésta le corresponde, para contribuir a superar los múltiples problemas sociales expresados de manera dramática en el día a día de la vida nacional.
OBJETIVOS
- Elaborar sistema de planificación, monitoreo y evaluación para las cámaras, aplicando los valores de género y sostenibilidad ambiental.
- Promoverá la competitividad de sus afiliadas, mediante el desarrollo e implementación de un programa de servicios, con equidad de género y sostenibilidad ambiental.
- Lograr una representación eficiente y eficaz en la concertación de leyes, políticas y todo lo concerniente al sector privado y la sociedad hondureña.
- Establecer alianzas estratégicas con cooperantes internacionales, nacionales e instituciones gubernamentales, para lograr la asistencia técnica y financiera.
- Gestionar la integración de las Cámaras de Comercio e Industria, Empresariales y Binacionales para el fortalecimiento y sostenibilidad de la Federación.
CAPITULO III
Alcances del Convenio
Cláusula 3.01: Objeto del Convenio
El presente Convenio tiene por objeto establecer los términos y las condiciones para implementar el Programa de Capacitación “Formación de Formadores en Promoción y Formación de Exportaciones”, así como otras actividades de cooperación y asistencia entre las partes.
Cláusula 3.02: Obligaciones
Obligaciones de FIDE:
- Impartir el Programa de Capacitación completo (se anexa el plan de capacitación), a las personas (máximo dos) propuestas por “FEDECAMAR”, previa aceptación de las mismas por FIDE y de acuerdo al perfil solicitado, el cual será desarrollado por un consultor nacional contratado específicamente para ese fin.
- Proveer un juego completo del material de capacitación (en versión electrónica y en duro) para uso de “FEDECAMARA” como Institución Capacitadora, así como 10 copias del material para ser entregado a las primeras empresas a ser capacitadas.
- Monitorear que “FEDECAMARA” realice al menos dos eventos de capacitación en este año 2007, a fin de transmitir los conocimientos adquiridos por lo menos a 20 empresas.
- Velar para que el Programa de Capacitación no sea utilizado con fines lucrativos. En caso de ser necesario, “FEDECAMARA” podrá cobrar un costo mínimo a cada empresa que reciba la capacitación, a fin de cubrir los costos incurridos al momento de realizar la capacitación (alimentación, luz …).
- Velar por el uso correcto de los derechos de propiedad intelectual del material provisto.
Obligaciones de “FEDECAMARA”
- Proponer a dos candidatos máximos para que formen parte del Programa de Capacitación “Formación de Formadores en temas de Promoción y Facilitación de exportaciones”.
- Velar porque la(s) persona(s) seleccionada(s) asista(n) al Programa de Capacitación completo.
- Transmitir los conocimientos adquiridos a por lo menos 20 empresas asociadas a su institución u otras, durante este año 2007, a través del desarrollo de eventos de capacitación, según las necesidades de cada empresa (los 22 módulos del programa, o bien los temas que sean del interés del beneficiado).
- Promocionar constantemente el Programa de Capacitación ante las empresas que pudieran estar interesadas en ser capacitadas.
Cláusula 3.03: Del Intercambio de Información
Por medio del Presente convenio, se fomentará el intercambio de información entre las partes, en todos los temas relacionados con objetivos comunes, programas, proyectos, planes de acción, y estudios en general; con el objeto de reducir y eliminar la duplicidad de esfuerzos.
Cláusula 3.04: De la Cooperación interinstitucional
En la medida de las posibilidades y recursos de las instituciones, y cuando sea de interés común, se proveerá asistencia técnica o cooperación directa en las acciones de diagnostico, estudios, difusión, y/o fortalecimiento institucional; a fin de lograr un mejor clima de negocios o mejorar la competitividad de las empresas del sector.
CAPITULO IV
Disposiciones Finales
Cláusula 4.01: De la Formalización del Convenio
El presente Convenio entrará en vigencia a partir de su suscripción en dos (2) originales de igual tenor, por los representantes autorizados para ello, y todas las obligaciones derivadas del mismo durará hasta que a petición de una de las partes, por escrito, y de conformidad con ambas partes se decida terminarlo.
Cláusula 4.02 De las Modificaciones del Convenio
El presente Convenio de Asistencia Técnica, Cooperación y Coordinación podrá ser modificado a petición de una de las partes y de conformidad de todas las partes.
Cláusula 4.03 De la Resolución de Controversias
Las partes acuerdan que ante cualquier controversia que no pueda resolverse amigablemente, estas se someten a lo que establezca la Comisión Nacional de Competitividad actuando como amigable componedor.
En fé de lo anterior las partes, actuando por medio de sus representantes firmamos el presente Convenio de Asistencia Técnica, Cooperación y Coordinación en dos (2) ejemplares en la Ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, a los.26. días del mes de marzo de 2007.
Vilma Sierra de Fonseca
Maribel Espinoza Turcios
Presidenta Ejecutiva FIDE
Directora Ejecutiva FEDECAMARA
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